Como parte del lanzamiento de la Escuela EAFA, se definen los siguientes comités de trabajo, que se están organizando bajo la coordinación de la persona que se indica en cada caso:
A) Comité de Ajedrez Escolar ………..………………... Daniel Escobar
B) Comité de Monitores-Entrenadores .………………. Daniel Escobar
C) Comité de Tecnificación y Jóvenes Promesas …... Ricardo Montecatine
D) Comité de Proyectos ………………………..…….... Miguel A. Muñoz
E) Comité de Universidad ……………………….…...… Miguel A. Muñoz
F) Comité de Medios de Comunicación …………...… Ricardo Montecatine
G) Comité de Árbitros ……………………….…….…… pendiente de nominar
sábado, 5 de junio de 2010
martes, 1 de junio de 2010
Lanzamiento de la Escuela de Ajedrez de la Federación Andaluza
La Directiva de la Federación Andaluza de Ajedrez ha acordado constituir formalmente la Escuela de Ajedrez de la Federación Andaluza (EAFA) como parte de su programa de promoción del Ajedrez para la presente legislatura y desarrollar así lo previsto en el artículo 57º del Reglamento General FADA.
La forma de realizar este lanzamiento, así como la creación del presente blog como herramienta de apoyo a este plan, se presentaron a la Asamblea FADA celebrada el pasado mes de Abril.
Artículo 57º del Reglamento General FADA:
La Escuela de Ajedrez de la Federación Andaluza
1- Se trata de un órgano técnico de la FADA que tiene como objetivo principal la promoción, difusión y enseñanza del ajedrez. Gestiona un presupuesto específico y tiene, entre otras, las siguientes funciones:
- Elaborar y coordinar el desarrollo de un plan andaluz de promoción del ajedrez. Desarrollando acuerdos con instituciones públicas o privadas, universidades o medios de comunicación, con el objetivo de mejorar la promoción y difusión del ajedrez, llevando a cabo actividades específicas de enseñanza del ajedrez e impulsando la inclusión del ajedrez en los programas docentes ordinarios de distintos niveles educativos.
- Proponer y coordinar actuaciones de difusión del ajedrez ante los medios de comunicación, en Internet y ante la sociedad en general.
- Asumir todas las competencias atribuidas a los Comités Técnicos de Árbitros y de Entrenadores-Monitores de Ajedrez. Nombrando un responsable en cada caso.
- Ello implicará, entre otras: 1) proponer a la FADA los temarios para los cursos de monitores y árbitros de ajedrez en sus distintos niveles; 2) organizar, o bien autorizar y supervisar, la realización de cursos de árbitros y monitores de ajedrez y 3) expedir, por delegación de la FADA, títulos técnicos de árbitros y monitores de ajedrez.
- Elaborar planes de estudio de cursos de tecnificación de ajedrez.
- Convocar u organizar concentraciones o campamentos de iniciación o tecnificación, cursos por Internet o a distancia, y otras actividades de enseñanza del ajedrez para jugadores, árbitros o monitores, o dar apoyo a las que se organicen por las delegaciones provinciales de FADA, clubes u otras instituciones.
- Desarrollar o colaborar en la preparación de manuales impresos, informatizados o audiovisuales para la enseñanza del ajedrez, para dar apoyo y facilitar la labor de los distintos actores que participan en la promoción del ajedrez.
- Nombrar, por delegación de la FADA, a los monitores y entrenadores que acompañen, por cuenta de la FADA, a los jugadores andaluces en competiciones nacionales o de otra índole, dando seguimiento y apoyo a las jóvenes promesas andaluzas más destacadas.
- Elaborar cuestionarios e informes que logren una mejor organización de la FADA y sus DDPP, una mejora de las condiciones técnicas en general, así como un reconocimiento de las necesidades y aspiraciones de sus distintos colectivos.
- Realizar homologaciones de material ajedrecístico.
- Gestión de bases de datos de jugadores, resultados y evaluación (ranking Elo) así como de aquellas informaciones federativas necesarias para sus funciones.
- Elaborar un anuario de actividades de la FADA.
- Mantener un servicio de biblioteca o colaborar con bibliotecas públicas.
- Establecer y participar en contactos con otras federaciones nacionales, autonómicas o de ámbito internacional para intercambio de información, experiencias y eventualmente la organización de actividades conjuntas.
- Definir los criterios para otorgar la calificación de “Escuela Oficial de Ajedrez de la Federación Andaluza”.
- Cualquier otra tarea que le sea delegada por la Junta Directiva de la FADA.
2- Para todo ello se constituirán los Comités que se estimen procedentes.
3- El Director de la Escuela de Ajedrez de la Federación Andaluza será nombrado por el Presidente de la FADA.
La forma de realizar este lanzamiento, así como la creación del presente blog como herramienta de apoyo a este plan, se presentaron a la Asamblea FADA celebrada el pasado mes de Abril.
Artículo 57º del Reglamento General FADA:
La Escuela de Ajedrez de la Federación Andaluza
1- Se trata de un órgano técnico de la FADA que tiene como objetivo principal la promoción, difusión y enseñanza del ajedrez. Gestiona un presupuesto específico y tiene, entre otras, las siguientes funciones:
- Elaborar y coordinar el desarrollo de un plan andaluz de promoción del ajedrez. Desarrollando acuerdos con instituciones públicas o privadas, universidades o medios de comunicación, con el objetivo de mejorar la promoción y difusión del ajedrez, llevando a cabo actividades específicas de enseñanza del ajedrez e impulsando la inclusión del ajedrez en los programas docentes ordinarios de distintos niveles educativos.
- Proponer y coordinar actuaciones de difusión del ajedrez ante los medios de comunicación, en Internet y ante la sociedad en general.
- Asumir todas las competencias atribuidas a los Comités Técnicos de Árbitros y de Entrenadores-Monitores de Ajedrez. Nombrando un responsable en cada caso.
- Ello implicará, entre otras: 1) proponer a la FADA los temarios para los cursos de monitores y árbitros de ajedrez en sus distintos niveles; 2) organizar, o bien autorizar y supervisar, la realización de cursos de árbitros y monitores de ajedrez y 3) expedir, por delegación de la FADA, títulos técnicos de árbitros y monitores de ajedrez.
- Elaborar planes de estudio de cursos de tecnificación de ajedrez.
- Convocar u organizar concentraciones o campamentos de iniciación o tecnificación, cursos por Internet o a distancia, y otras actividades de enseñanza del ajedrez para jugadores, árbitros o monitores, o dar apoyo a las que se organicen por las delegaciones provinciales de FADA, clubes u otras instituciones.
- Desarrollar o colaborar en la preparación de manuales impresos, informatizados o audiovisuales para la enseñanza del ajedrez, para dar apoyo y facilitar la labor de los distintos actores que participan en la promoción del ajedrez.
- Nombrar, por delegación de la FADA, a los monitores y entrenadores que acompañen, por cuenta de la FADA, a los jugadores andaluces en competiciones nacionales o de otra índole, dando seguimiento y apoyo a las jóvenes promesas andaluzas más destacadas.
- Elaborar cuestionarios e informes que logren una mejor organización de la FADA y sus DDPP, una mejora de las condiciones técnicas en general, así como un reconocimiento de las necesidades y aspiraciones de sus distintos colectivos.
- Realizar homologaciones de material ajedrecístico.
- Gestión de bases de datos de jugadores, resultados y evaluación (ranking Elo) así como de aquellas informaciones federativas necesarias para sus funciones.
- Elaborar un anuario de actividades de la FADA.
- Mantener un servicio de biblioteca o colaborar con bibliotecas públicas.
- Establecer y participar en contactos con otras federaciones nacionales, autonómicas o de ámbito internacional para intercambio de información, experiencias y eventualmente la organización de actividades conjuntas.
- Definir los criterios para otorgar la calificación de “Escuela Oficial de Ajedrez de la Federación Andaluza”.
- Cualquier otra tarea que le sea delegada por la Junta Directiva de la FADA.
2- Para todo ello se constituirán los Comités que se estimen procedentes.
3- El Director de la Escuela de Ajedrez de la Federación Andaluza será nombrado por el Presidente de la FADA.
Etiquetas:
2010,
Gestión EAFA
Suscribirse a:
Entradas (Atom)